Franquicias a viajeros
Franquicia
Privilegio que se concede a una persona para
librarla de pagar ciertos impuestos por el uso
de un servicio público o por determinadas
actividades comerciales.
Franquicia aduanera
Son operaciones privilegiadas dentro de la
normativa aduanera en las que se determina, por
circunstancias especiales, la concesión de la
franquicia (no pago, dispensa) de los derechos de
importación o, en su caso, de los derechos de
exportación.
Las franquicias se concederán previo cumplimiento
de los requisitos y condiciones establecidas para la
aplicación de las mismas.
1.
Chilenos y viajeros ingresan al país
2.
Donaciones
3.
Franquicias para personas en situación de
discapacidad
4.
Funcionarios que presten servicios en el
extranjero
5.
Importación de vehículo
6.
Quienes viven en zona franca o de extensión
7.
Bomberos
¿Qué trámites debo realizar para ingresar
temporalmente aquellos artículos que no
constituyen equipaje de viajero ?
Los turistas extranjeros o chilenos residentes en el
exterior, podrán ingresar temporalmente al país, hasta
por 90 días, mercancías no comprendidas en el
concepto de equipaje de viajero , para su uso en el país,
debiendo retornarlas al exterior posteriormente.
El ingreso temporal se formalizará mediante la
suscripción del documento Declaración de Admisión
Temporal de Efectos de Turistas , proporcionado por la
Aduana.
¿Qué mercancías puedo ingresar a Chile sin pago
de derechos de aduana e impuestos?
•
El equipaje de viajero .
•
Los artículos sin carácter comercial que hubiere
adquirido en el Duty Free Shop, hasta US$500.
¿Qué mercancías puedo importar en mi calidad
de viajero internacional, qué impuestos debo
cancelar y qué trámites debo realizar?
Usted puede importar personalmente, o a través de un
tercero debidamente autorizado ante Notario, las
siguientes mercancías :
•
Aquellas sin carácter comercial, hasta por un
valor US$ 3.000 valor FOB .
•
Mercancías con carácter comercial, hasta por un
valor US$ 1.000 facturado.
La importación de estas mercancías estará afecta al
pago de los siguientes derechos de aduana e
impuestos:
•
6% sobre el valor CIF o Aduanero.
•
19% de IVA , calculado sobre el valor CIF o
Aduanero más el monto de los derechos de
aduana.
•
Otros gravámenes aduaneros , tales como
sobretasas arancelarias, impuestos adicionales,
tasa de almacenaje, derechos específicos ,
cuando procediere.
La importación se formalizará mediante la suscripción
del documento Declaración de Importación y Pago
Simultáneo , que será proporcionado por la Aduana .
Las mercancías que excedan los montos antes
señalados, deberán ser importadas a través de un
Despachador de Aduanas , cuyos honorarios serán
pactados libremente.